Asegurador
En el contrato de seguro encontramos a los siguientes sujetos:
- El asegurador (empresa de seguros)
- El tomador
- El asegurado
- El beneficiario
A continuación veremos la definición de Asegurador.
El asegurador (empresa de seguros), lo definiremos como la persona jurídica que constituida con arreglo a lo dispuesto por la legislación que corresponda, realiza la función de la asunción de riesgos ajenos, cumpliendo lo que a este efecto establece aquella legislación, mediante la percepción de un cierto precio que se denomina prima.
El asegurador puede mostrar varios perfiles como a continuación veremos:
- Por imperativo legal, se debe de tratar de una persona jurídica. No puede ser si quiera eventualmente alguien que, a título propio, realice operaciones para cubrir riesgos. Las condiciones para que el seguro funcione correctamente y su proyección a través del tiempo exigen ya, de por sí, que el asegurador ha de ser una persona jurídica.
- Aquella persona revestirá, inexcusablemente, alguna de las formas que la ley considera como únicas y validas para la práctica de la industria de los seguros.
- El asegurador debe de haber sido merecedor de la aprobación de la Administración Publica, para poder actuar como parte aseguradora.
- El asegurador se dedicará de forma exclusiva a la práctica del seguro o a la del reaseguro, en su caso sin que pueda desempeñar otro tipo de actividades. Sí que puede gestionar las operaciones de gestión de fondos colectivos de jubilación.
- Su situación debe de ser acorde a las normas de la legislación de seguros, las cuales recogen y regulan de manera muy precisa la práctica aseguradora. Debemos decir que están sometidas a la inspección y control del Poder publico.
Supuestos que son validos para actuar como asegurador:
- Sociedad Anónima.
- Sociedad Mutua a prima fija.
- Mutuales de previsión social.
- Sociedad Cooperativa.
A todas aquellas entidades que tengan el deseo de actuar ser aseguradoras se les exigirá formalidades tanto jurídicas y económicas, obedeciendo estas de la entidad que se quieran formar para que sus seguros sean provistos.





